Empresa afirma que la tala del bosque fue hecha por los anteriores propietarios y sólo eliminaron matorral en la zona. Deberá replantar especies nativas perdidas tras quemas,...
Empresa afirma que la tala del bosque fue hecha por los anteriores propietarios y sólo eliminaron matorral en la zona. Deberá replantar especies nativas perdidas tras quemas, entre las que se cuenta roble hualo, actualmente protegida. La Discusión de Chillán, 24 de noviembre de 2014.
Desde Forestal León, Antonio Viñuela,gerente general,se defiende afirmando que «en el año 2004 la empresa compró un predio de 202 hectáreas,denominado El Peñasco, ubicado en la comuna de Quirihue, que había sido total y sistemáticamente aprovechado talado y aprovechado para leña y carbón durante muchos años», relata.
«Nuestra evaluación dio como resultado que además de ser factible plantarlo, era susceptible de bonificar la plantación con pino ya que la cobertura de matorrales e incipiente erosión así lo aconsejaba. El campo se compró, se rozó desechos y matorrales y se presentó para bonificación. Previo a la resolución de la aprobación para plantación se solicitó el permiso de quema para poder preparar el suelo», describe.
Viñuela admite el rechazo de las maniobras por parte de la autoridad. «Conar visitó el predio, rechazó la solicitud de bonificación forestal, rechazó el permiso de quema y cursé una multa por tala ilegal de una superficie de 106 hectáreas, dado que el predio se encontraba en una zona protegida para la especie roble hualo. Esto fue objeto de un juicio entre Forestal León y Conaf, que fue ganado por la empresa en el año 2009, dictaminándose finalmente en la Corte Suprema que la empresa no cortó bosque nativo, pues ello habla sido provocado por terceros muchos albos antes», sostuvo.
No conforme con la resolución, «antes que terminara el juicio anterior el CDE generó una nueva demanda contra Forestal León (FL), en el año 2008, por daño ambiental iniciándose en paralelo otro juicio.
En dicho juicio se usaba el mismo argumento que FL cortó bosque nativo y posteriormente quemó los desechos para borrar evidencia en una superficie de aproximadamente 90 hectáreas. Nuestra defensa argumentó, al igual que en el juicio con Conaf, que la empresa no rozó y que el incendio que afectó al predio posteriormente, meses después del inicio de todo este problema, fue provocado por terceros, Ibera de nuestra propiedad, ante el cual nuestro personal de brigada sólo concurrió a controlar y evitar que este se propagara dentro del predio o predios vecinos», relata.
El gerente finaliza. «Finalmente después de dios de lucha, la Corte Suprema falló a favordel CDEy en contra de nuestra empresa, a pesar de que el juicio original entre nosotros y Conaf, fue favorable a nuestra parte», puntualiza.
MEDIDAS REPARATORIAS
Desde Conaf, al ser consultado sobre este caso, admitieron que Forestal León ya inició el proceso de recuperación del bosque. Pese al daño causado, el bosque no murió completamente por lo que están rebrotando especies como el queule y el pitao permanecen intactas en las zonas de protección. «El daño fue causado en el roble hualo, el cual se está regenerando y de acuerdo a sus análisis, la mejor opción para este caso es permitir la restauración natural del bosque, utilizar el mismo material genético existente en el lugar para recubrir el área afectada y proteger la zona que gradualmente se irá regenerando, permitiendo restaurar el bosque afectado», indicaron.
Antonio Viñuela, gerente de Forestal León, sostuvo que la empresa acató el fallo y comenzó de inmediato las conversaciones con profesionales y ejecutivos de Conaf Concepción, para la confección de un plan de manejo que recogiera en forma detallada los compromisos y obligaciones para la ejecución de trabajos e inversiones a objeto de cumplir cabalmente con la sentencia.
Sintetiza las medidas en las cuales debe centrarse la reparación. «Sustituir las 106 hectáreas de plantación de pino por roble hualo, es decir extraer completamente la especie exótica y realizar una nueva plantación. Como esta especie no existe comercialmente en viveros, dicha obligación contempla la recolección de semilla en predios del sector, viverización o creación de plantulas y posterior plantación invernal dentro del sector asignado. Lo anterior tomará un período de uno a tres años hasta la plantación total con la nueva especie, contemplándose además preparación de suelos, controles químicos de pasto, fertilizantes y un riego en temporada de verano, resguardar y proteger esta nueva plantación y las demás zonas de protección ubicadas en el predio a efecto que el bosque se desarrolle adecuadamente y también, informar y difundir en la comuna de Quirihue, los resultados de esta plantación de bosque nativo a efecto que la comunidad cercana tome conciencia de esto», declara.
Recuadro :
ÁREA RESTITUIDA
106 HECTAREAS
De bosque nativo, especialmente de la especie Roble Hualo deberá restituir la Forestal León en el Fundo El Peñasco como parte de la reparación ambiental al daño causado por la tala y quema ilegal de bosque nativo.
FORESTAL
«ACATAMOS EL FALLO E INICIAMOS INMEDIATAMENTE LAS MEDIDAS DE REPARACIÓN» ANTONIO VINUELA