Diputados despachan al Senado proyecto que consagra santuario ballenero
By Comunicaciones Terram

Diputados despachan al Senado proyecto que consagra santuario ballenero

Por unanimidad (58 votos), la Sala de Cámara aprobó este jueves el proyecto del Ejecutivo que protege a los cetáceos y modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura. Camara.cl, 14 de agosto de 2008.

La iniciativa (Boletín 5936) declara como zona libre de caza de cetáceos, las aguas interiores, el mar territorial, la zona económica exclusiva y las áreas adyacentes sobre las cuales exista o pueda llegar a existir jurisdicción nacional, de acuerdo con las leyes y tratados internacionales.

Asimismo, prohíbe dar muerte, cazar, capturar, acosar, tener, poseer, transportar, desembarcar, elaborar o realizar cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento de cualquier especie de cetáceo que habite o surque las aguas marítimas de jurisdicción nacional.

La zona libre de caza tendrá como objetivos propender a la protección y conservación de las poblaciones de cetáceos y su biodiversidad; proteger espacios claves para el desarrollo de sus ciclos de vida, enfatizando los lugares de cría, apareamiento, alimentación y rutas migratorias; y procurar que las actividades en torno a la observación de cetáceos se realice de manera responsable y sostenible.

Sanciones

El proyecto aprobado y despachado al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, señala que quien dé muerte, cace o capture un ejemplar de cualquier especie cetácea, será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años) y comiso, sin perjuicio de las sanciones administrativas.

En tanto, quien tenga, posea, transporte, desembarque, elabore o efectúe cualquier proceso de transformación, comercialice o almacene estas especies vivas o muertas o parte de ellas, será sancionado con la pena de comiso y presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años), más las sanciones administrativas.

Fines de investigación

No obstante, no tendrá responsabilidad penal quien con fines de investigación y rehabilitación, mantenga en cautiverio, posea o transporte ejemplares vivos, siempre que cuente con un permiso temporal y específico otorgado por la Subsecretaría o el Servicio Nacional de Pesca, señala la iniciativa legal.

De la misma forma, no tendrá responsabilidad penal quien tenga, posea o transporte ejemplares muertos, partes de estos o sus derivados, siempre que cuente con un permiso otorgado por el Servicio. Dicha autorización sólo podrá ser otorgada a instituciones de educación reconocidas por el Estado, museos y centros de investigación y conservación marina.

Tampoco constituirá delito la muerte accidental de cetáceos, siempre que se acredite el cumplimiento de las normas de seguridad emanadas de las autoridades competentes y lo establecido en la ley.

Las naves que circulen en aguas de jurisdicción nacional y las aeronaves que sobrevuelen el espacio aéreo bajo jurisdicción nacional que desarrollen actividades de avistamiento y observación deberán ajustarse a la Ley General de Pesca. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado, señala el proyecto de ley aprobado por la Cámara.

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  • 17/08/2008