Multas de hasta $225 millones por infracciones a nueva ley de la leña
By Comunicaciones Terram

Multas de hasta $225 millones por infracciones a nueva ley de la leña

Gobierno enviará al Congreso un proyecto en los próximos días. Fabricantes nacionales e importadores de aparatos que la usan para calefaccionar deberán certificarse ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. El Mercurio, 22 de junio 2009.

El Gobierno enviará en las próximas semanas al Congreso un proyecto de ley que regula los artefactos para la combustión a leña, así como este medio renovable de energía doméstica, proponiéndose multas que pueden llegar hasta los $250 millones por infracciones a esta nueva normativa.

De esta forma, el Ejecutivo va por la regulación y no por la prohibición del uso de la leña como forma de calefacción de uso domiciliario.

En términos generales, este nuevo cuerpo legal regulará las características técnicas a las que deberán someterse los artefactos a combustión a leña.

En paralelo, también definirá las normas para la comercialización, almacenamiento y transporte de este combustible.

Uso masivo

Según las estimaciones de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la leña y sus derivados son la principal fuente de energía para más de 2 mil millones de personas a nivel mundial, especialmente en los hogares de los países en vías de desarrollo.

Los biocombustibles, en particular la leña y el carbón vegetal, actualmente suministran más del 14% de la energía primaria del planeta.

El organismo encargado de fiscalizar la nueva normativa será la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), según lo establece el texto legal.

De acuerdo con el proyecto de ley, en el caso de los artefactos, tanto los fabricantes nacionales como los importadores deberán someter sus productos a una certificación. "Se prohíbe la comercialización de los artefactos que no cuenten con dichos certificados", agrega el texto legal.

En el caso de la leña y sus derivados, se prohíbe la comercialización, almacenamiento y transporte de leña húmeda en zonas que cuenten con un plan de descontaminación que establezca tal prohibición.

El régimen de infracciones se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

"Por regla general se tratarán de infracciones leves que tienen asociadas multas de hasta 500 UTA, lo que corresponde aproximadamente a $225 millones", establece el texto propuesto por el Ejecutivo al que tuvo acceso "El Mercurio".

Visión del Gobierno

Para la ministra de Medio Ambiente, Ana Lya Uriarte, este medio de energía se usa en todo el país y se trata de un combustible empleado por los sectores medios de la población y no ya de elite como se piensa.

"Pudo haber sido así en el pasado. La leña la tenemos en todo el país. Es un combustible que forma parte de nuestra realidad, y una medida como su prohibición en Temuco, por ejemplo, donde tiene el 90% de la responsabilidad en la contaminación, es completamente irreal", dijo la autoridad.

La decisión no es compartida por los sectores ambientalistas que han pedido por años una prohibición de la leña para los meses de otoño e invierno -en concreto, entre abril y agosto de cada año-, que son los más proclives a la contaminación ambiental por fallas en la ventilación de la cuenca.

 

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  • 21/06/2009