Forestal deberá pagar más de siete mil millones de pesos por tala de alerces
By Comunicaciones Terram

Forestal deberá pagar más de siete mil millones de pesos por tala de alerces

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia en fallo unánime. Se estableció que fueron talados y comercializados 2.635 alerces de la zona. Cooperativa.cl, 03 de febrero 2012.

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó que la empresa Forestal Sarao tendrá que pagar una indemnización de casi 7.500 millones de pesos por la tala y comercio ilegal de alerces en la zona cordillerana de Fresia, en las regiones de Los Ríos y Los Lagos.

ImagenEl hecho quedó al descubierto en 1996, cuando se entabló una denuncia en el Juzgado de Puerto Varas en contra de autoridades y empresarios madereros de la zona, involucrados en estos delitos.

En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmaron el fallo de primera instancia, que condenó a la Forestal Sarao a pagar una indemnización de 7 mil 489 millones de pesos al Fisco, como reparación del daño ambiental causado, recurso que fue presentado por el Consejo de Defensa del Estado en su momento.

En la resolución se establece que fueron talados y comercializados 2.635 alerces de la zona, árbol histórico y que está legalmente protegido.

Desde la arista penal, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, Hernán Crisosto, había condenado a 14 personas, entre ellos el ex alcalde de la zona de Fresia, Nelson Schwerter, a 21 días de pena remitida por receptación de especies nativas.

La resolución de la Corte de Apelaciones puede ser recurrida de casación ante la Corte Suprema.

Revise el detalle de las sentencias dictadas por el Tribunal

En abril pasado, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt ratificó las condenas a:

– Samuel Arturo Castillo Gutiérrez: 301 días de presidio y multa de 5 UTM (196.865 pesos) por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de remisión condicional de la pena.
– José Marcelo Ruiz Ojeda: 301 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de remisión condicional de la pena.
– Héctor Leonel Ruiz Ojeda: 301 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de remisión condicional de la pena.
– Amador Teófilo Soto Cárcamo: 301 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de remisión condicional de la pena.
– Héctor Armando Soto Aburto: 301 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de remisión condicional de la pena.
– Jorge Orlando Soto Uribe: 541 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de reclusión nocturna.
– Nicolás Florentino Soto Cárcamo: 541 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de reclusión nocturna.
– Sergio Orlando Soto Cárcamo: 541 días de presidio y multa de 5 UTM por su participación en el delito de hurto continuado de especies en perjuicio de Forestal Sarao SA., con beneficio de reclusión nocturna.
– Eva Elisa González Veloso: 61 días de presidio y multa de 6 UTM por su responsabilidad como cómplice en el delito de hurto continuado en perjuicio de Forestal Sarao S.A., y al pago de una multa 6 UTM como autora del delito de usurpación en perjuicio de "Inmobiliarias Escorial Ltda". Se concedió beneficio de remisión condicional.
– Erick Ridol Kiefer Uribe: 541 días de presidio y multa de 11 UTM por su responsabilidad en el delito de hurto. Se concedió beneficio de la remisión condicional.
– Benancio Gómez Maldonado: 541 días de presidio y multa de 11 UTM por su responsabilidad en el delito de hurto. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
– Jorge Rodrigo Gómez Mena: 541 días de presidio y multa de 11 UTM por su responsabilidad en el delito de hurto. Se concedió beneficio de la remisión condicional.
– José Nelson Schwerter Siebald: 21 días de prisión por su responsabilidad en el delito de receptación. Se concedió beneficio de remisión condicional.

En el fallo además se revocó y dictó sentencia absolutoria por el delito de asociación ilícita de los imputados:
– Alex Patricio Lagomarsino Pardo.
– Nelson Omar Cárdenas Ortega.
– Daniel Vergara Calderón.
– María Alba Nieto Pacheco.
– José Nelson Schwerter Siebald.

En tanto se confirmaron las absoluciones de:
– José Orlando Soto Uribe: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Samuel Arturo Castillo Gutiérrez: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– José Marcelo Ruiz Ojeda: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Héctor Leonel Ruiz Ojeda: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Nicolás Florentino Soto Cárdenas: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Amador Teófilo Soto Cárcamo: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Héctor Armando Soto Aburto: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Benancio Rodrigo Gómez Maldonado: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– Jorge Rodrigo Gómez Maldonado: absuelto de su participación en el delito de usurpación.
– César Marcial Muñoz Nieto: absuelto de delito de asociación ilícita.
– Leandro Alfredo Campos Mansilla: absuelto del delito de asociación ilícita.
– Elías Cárdenas: absuelto del delito de asociación ilícita.
– Alex Patricio Lagomarsino Pardo: absuelto de acusación particular por el delito de receptación.
– Nelson Cárdenas Ortega: absuelto de acusación particular por el delito de receptación.
– Daniel Vergara Calderón: absuelto de acusación particular por el delito de receptación.


 

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  • 20/02/2012