HidroAysén: Contraloría revisará criterios dispares
En primera instancia, el organismo había objetado procedimiento del intendente que tramitó el proyecto sin realizar una votación, pero dos meses después declaró que el proceso se ajustaba a derecho. La Nación, 25 de noviembre 2009.
Tras reunirse con el abogado del Consejo de Defensa de la Patagonia, Marcelo Castillo, y el diputado Enrique Accorsi (PPD), el contralor general de la república, Ramiro Mendoza, accedió a revisar los antecedentes que obran en torno a los contradictorios dictámenes en el caso HidroAysén y determinar, dentro de un plazo estimado de dos semanas, si amerita que el organismo evacúe un nueva resolución que dirima el criterio final.
Lo anterior, producto de que el 11 de junio pasado la Contraloría regional de Aysén emitió un informe donde señala que, al dar luz verde al Icsara -un trámite ambiental clave para las represas-, sin someterlo a acuerdo ni votación de la Corema, la actuación del intendente Selim Carrasco no se ajustó a la normativa vigente. Sin embargo, el 21 de agosto pasado, la Contraloría General manifestó un criterio opuesto, afirmando que el procedimiento se ajustó a derecho.
Junto con pedir la ejecución de un sumario administrativo en contra de la División Jurídica de la Contraloría General, Castillo solicitó al organismo fiscalizador la “reconsideración” del citado dictamen de agosto debido a que “incurrió en numerosas omisiones, imprecisiones e ilegalidades”, sostiene el abogado del Estudio Etcheberry y experto en legislación ambiental.
El origen de la controversia se remonta a la sesión de la Corema del 7 de noviembre de 2008 cuando Carrasco, intendente y presidente de la instancia ambiental, dio curso al Icsara señalando luego a la Contraloría que había actuado en “conformidad al reglamento de sala” de junio de 2008 que, acotó, le entrega facultades para efectuar el cuestionado proceder.
No obstante, Castillo advierte que el irregular procedimiento fue tal, que el referido ‘reglamento de sala’ esgrimido como aval del intendente “sólo fue aprobado mediante la Resolución Exenta Nº 702, del 25 de noviembre de 2008, es decir, con posterioridad a la Corema del 7 de noviembre de 2008”, y además con posterioridad al 13 de noviembre de 2008, fecha en que el Icsara fue elaborado y notificado a HidroAysén.