Autoridad ambiental (SEA) recomienda aprobar proyecto de prospección minera de Barrick en Atacama
El Servicio de Evaluación Ambiental recomendó a la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama aprobar la DIA del proyecto denominado ‘Prospección Minera El Alto’. Fuente: La Tercera, 13 de enero de 2026.
El próximo lunes 19 de enero, a las 15:00 horas, se llevará a cabo una nueva sesión de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama (Coeva). En esta reunión, las autoridades regionales deberán votar sobre la viabilidad de un importante proyecto minero de Barrick.
El proyecto, denominado ‘Prospección Minera El Alto’, busca que la minera, de capitales canadienses, retome la exploración de la zona, implementando nuevas medidas de seguridad y tecnologías avanzadas para obtener un conocimiento detallado de los minerales presentes en el área.
La iniciativa que considera una inversión de US$35 millones cuenta con el respaldo del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama (SEA) a través del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (ICE). Esto luego que la autoridad técnica que dirige la abogada Valentina Durán, como directora ejecutiva, recomendara a la Coeva aprobar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
En su informe, el SEA estableció nueve condiciones fundamentales para garantizar que el proyecto se realice de manera respetuosa con el medio ambiente. Estas condiciones abarcan el monitoreo y la gestión adecuada de diferentes aspectos, como los arqueológicos, paleontológicos, térmicos, glaciológicos y las emisiones atmosféricas.
En lo que respecta al componente arqueológico, se exige que las charlas de inducción sean impartidas por un arqueólogo especializado. Estas charlas tienen como objetivo instruir a los trabajadores sobre los elementos arqueológicos presentes en el área del proyecto y las medidas a seguir en caso de realizar hallazgos inesperados.
En cuanto al componente paleontológico, se exige que las charlas de inducción sean dirigidas por un experto en la materia, asegurando que los trabajadores estén debidamente informados sobre las normativas legales y los procedimientos a seguir en caso de encontrar restos o evidencias fósiles durante las actividades del proyecto.
Al mismo tiempo, el SEA estableció una serie de condiciones para el monitoreo y manejo adecuado de otros aspectos del proyecto, como los relacionados con el régimen térmico del suelo y los glaciares. En cuanto al monitoreo térmico del suelo, se debe realizar en dos puntos específicos: uno fuera del área de prospección y otro dentro de la misma, en un pozo de sondaje.
El informe de la autoridad ambiental establece que el monitoreo deberá iniciarse en la fase de construcción y garantizar la obtención de datos para evaluar posibles alteraciones en el régimen térmico del suelo.
Además, se exige que el proponente presente una modelación térmica para evaluar el impacto de los sondajes sobre el permafrost, y deberá seguir monitoreando la temperatura del suelo a lo largo de la ejecución del proyecto para prevenir daños a su estabilidad térmica.
Respecto a los glaciares, el proyecto deberá entregar un informe técnico ejecutivo sobre el monitoreo remoto de glaciares dentro de los 30 días hábiles siguientes a la temporada de prospección. Por otro lado, en relación con las emisiones atmosféricas, se requiere la implementación de un sistema de monitoreo de partículas atmosféricas (MPS), utilizando colectores de deposición mensualmente durante las campañas de exploración, y los informes correspondientes deberán ser presentados a la Superintendencia del Medio Ambiente para su evaluación.