Cómo se controla que no se usen plaguicidas prohibidos
By Terram Communications

Cómo se controla que no se usen plaguicidas prohibidos

Estudio de la U. de Concepción demostró contaminación en los ríos Cato y Ñuble. Lo complejo será determinar si es producto de aplicaciones o si es un efecto residual. Además, faltan herramientas para sancionar los delitos ambientales. Fuente: Revista del Campo, 16 de noviembre, 2015.

Fue hace algunas semanas. Se dio a conocer un estudio de la Facultad de Ingeniería Agrícola de la Universidad de Concepción, realizado en 2013, donde se indicaba que las aguas de los ríos Cato y Ñuble, así como la de algunos pozos profundos del agua potable rural de la zona, mostraban la presencia de plaguicidas prohibidos en Chile en 2012 y años anteriores.

Las conclusiones eran alarmantes, porque los compuestos que aparecían están vetados en el país precisamente por ser de alto riesgo para el medio ambiente y la salud, tanto de quienes viven en el sector, los que trabajan en el campo y quienes lo aplican. Además de los eventuales efectos en quienes consumen los productos regados con esas aguas.

El tema clave era saber cómo se generó esa contaminación: si había sido por uso de productos prohibidos o si era consecuencia del efecto residual de algunos de ellos, que hubiera quedado, por ejemplo, en el suelo, y que producto de lluvias u otra causa, hubiera contaminado las aguas. De hecho, algunos productos pueden durar hasta 40 años en el suelo, explica Ignacio Figueroa, encargado de Inocuidad del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entidad a cargo de fiscalizar el uso de este tipo de productos en el agro del país.

En todo lo que se refiere a prohibición de productos, desde el 2005 que Chile suscribió el Convenio de Estocolmo y, desde ese momento e incluso antes, en el país se comenzó a prohibir el uso de compuestos con organoclorados y organo persitentes. “Ser parte del Convenio de Estocolmo significa que, en el momento en que en esa organización agrega un nuevo producto a la lista de los que no pueden utilizarse, en el país se prohíbe”, comenta Ignacio Figueroa.

Desde que se prohíbe un producto hay un plazo de dos años para que se deje de usar, para así terminar el stock existente en el país. Ahora, desde el momento de la prohibición, los importadores ya no pueden volver a internarlo.

Control oficial

Para evitar infracciones, el SAG cuenta con un programa de fiscalización que considera la realización de cuatro mil controles al año en el uso y comercio de plaguicidas, y en la comercialización de fertilizantes.

“La fiscalización busca que, si se trata de la comercialización, el producto sea el que está autorizado en el país; y si es en el uso, lo que se ve es que se utilice de la forma adecuada; es decir, que quien lo ocupa lo haga para lo que está efectivamente indicado y en los volúmenes que corresponde”, comenta el especialista.

Si bien se reconoce que podría haber algún uso clandestino, el representante del SAG recalca que la posibilidad de que se utilice de esa forma es baja, ya que tendría que ser ingresado clandestinamente, por lo que en caso de ocurrir solo podrían ser volúmenes menores.

“Es muy baja la posibilidad de que exista producto guardado en una bodega, por ejemplo. En el año 2003 se realizó un catastro a nivel residual, para lo cual se recorrió el país y se obtuvieron más de tres mil encuestas en que se consultaba si tenían algún producto, dónde lo tenían y cuánto. Cuando se detectaban se retiraban y se entregaban a una empresa autorizada para su desactivación”, sostiene Figueroa.

En esa oportunidad se recopilaron más de 700 kilos de productos organoclorados, los que se terminaron de eliminar entre los años 2009 y 2010. Desde esa época se realiza, además, un catastro periódico de los productos que se retienen en las fronteras.

Y, si el producto está prohibido, entonces tampoco se puede ingresar.

“Cualquier producto de este tipo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 1.038 de 2003, que establece el reglamento para la importación y la formulación. Por ello, cuando se quiere ingresar cualquier producto de este tipo al país, debe estar en el listado de los plaguicidas autorizados”

Denuncias

Si bien se reconoce que eventualmente podría existir algún producto no autorizado en algún campo, Figueroa insiste en que se fiscaliza todo lo que se puede, considerando que en el país existen más de 300 mil unidades productivas. Por ello es que lo que se viene enfatizando es la aplicación de la norma de eliminación de residuos peligrosos y el buen uso de los productos.

“Cada región tiene un Comité de Plaguicidas, integrado por representantes de los ministerios de Salud, Trabajo y Agricultura, a través del SAG, además de la Armada y Carabineros, y ellos se encargan de trabajar esta materia, con el objetivo de disminuir los riesgos de un mal manejo”, señala.

Y como una forma de apoyar lo que se está trabajando, en el SAG realizan testeos en vegetales para comprobar que se haya usado el producto que corresponde y en los volúmenes adecuados.

“Si se detecta que, por ejemplo, se utilizó en manzanas un producto que sirve para tratar el tizón de la papa, o que se usó un producto en volúmenes que no corresponde, se levanta un acta de denuncia y citación”, explica el especialista. Y agrega que entre el 5% y el 7% de las fiscalizaciones recibe este tipo sanción.

Efecto residual

El especialista señala que es complejo dar con los responsables de la contaminación del suelo con productos químicos.

Hay productos cuya venta y uso puede estar prohibida y, aunque no se hayan usado en 10 o más años, los suelos pueden contenerlos, tanto porque tienen un alto efecto residual, como porque los agricultores los utilizaban mal y se aplicaban en volúmenes más altos de los recomendados.

Eso sí, el estudio mostró la presencia de plaguicidas prohibidos en concentraciones consideradas peligrosas, ante lo cual el Seremi de Medio Ambiente de la Región del Bío Bío se comprometió a investigar esta situación.

De todas formas, lo complejo del tema, además de saber si el producto fue efectivamente usado, ya sea en agricultura como en ganadería, es que, de no existir un eventual causante identificable, resultará muy difícil poder sancionar a quien realizó la acción, ya que, tal como ocurre con el tema de la colusión, donde no existe la posibilidad de sancionar penalmente, en el país tampoco existe el delito ambiental, ya que no hay una ley que así lo establezca y solo puede hacerse vía la aplicación de otras leyes.

P. Vildósola
-Hay productos que se pueden haber dejado de usar hace 10 años y estar aún en el suelo

  • 1 Comentario
  • 17/11/2015

Comentarios

  1. Cecilia
    17/11/2015

    Además de la promulgación de una ley que sancione su uso, creo importante difundir más ampliamente los productos prohibidos con sus nombres comerciales e incluso promover la denuncia anónima de cualquier persona o trabajador que conozca de algún producto nocivo que este siendo utilizado,con volantes y letreros y telefonos de llamada gratuita.

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