By Terram Communications

Ley de cierre de Faenas Mineras, un importante primer paso

Recientemente fue publicada la Ley N° 20.551, que regulará; el cierre de las faenas mineras, con lo que por primera vez en el país se regulará un aspecto riesgoso de esta actividad: el manejo de los desechos que deja la industria, ya sea en infraestructura o por los desechos propios de los procesos productivos. Blog La Tercera, 18 de noviembre de 2011.

Recientemente fue publicada la Ley N° 20.551, que regulará el cierre de las faenas mineras, con lo que por primera vez en el país se regulará un aspecto riesgoso de esta actividad: el manejo de los desechos que deja la industria, ya sea en infraestructura o por los desechos propios de los procesos productivos.
La minería ha constituido históricamente una parte sustancial del producto interno nacional, hasta el punto de ser considerado el “sueldo de Chile”, pero debido a las prácticas extractivas y de procesamiento de los minerales se generan diversos tipos de desechos, algunos de ellos muy tóxicos y que deben ser normados.  El proyecto recientemente aprobado, que se hace cargo en parte de regular el cierre de faenas mineras, ingresó al Parlamento recién en 2009, como una de las últimas iniciativas parlamentarias del gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.
El gobierno de Sebastián Piñera no desechó esta propuesta de ley sino que retomó la iniciativa, pero cambiando su enfoque, hasta el punto que, después de dos indicaciones sustitutivas, el proyecto modificó su objetivo central. Así, se pasó de buscar neutralizar los efectos negativos para la salud y el medio ambiente de la actividad minera, a proponerse simplemente “mitigar los efectos que se derivan del desarrollo de la industria extractiva minera… de forma de asegurar la estabilidad física y química de los mismos, en conformidad a la normativa ambiental aplicable”.
En concordancia con el nuevo enfoque, se rebajaron las exigencias impuestas a las empresas, y se restringió la aplicación de la norma sólo a faenas de mayor tamaño, como consecuencia del fuerte lobby ejercido por las empresas del sector, que encontró inmediato eco en las autoridades sectoriales, fundamentalmente en el entonces ministro de Minería Laurence Golborne. Así, los senadores concordaron con las indicaciones propuestas, sin reparar en la importancia  del cuidado de la salud de las personas ni en el tema ambiental. Afortunadamente, en la Cámara de Diputados los parlamentarios de la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente se comprometieron con cambios que al menos dieran la posibilidad de incorporar algunos de los impactos ambientales de la minería.
En términos concretos, los avances de esta nueva ley se traducen en una exigencia para toda nueva faena minera que produzca sobre 10 mil toneladas anuales, de elaborar un plan orientado a restaurar y reparar el entorno una vez que concluya la vida útil del yacimiento, propuesta que deberá ser sometida a consideración y aprobada por Sernageomin. Con este fin, además, la empresa deberá destinar un fondo que quedará a resguardo del Estado, que de acuerdo al ministro del ramo, Hernán de Solminihac, debiera representar entre el 5 y el 10% de la inversión total. El proyecto establece también ciertas obligaciones para las faenas que actualmente se encuentran en funcionamiento, las que también deberán tener una preocupación específica en el momento de concluir sus operaciones.
En todo caso, tras este modesto aunque importante triunfo, queda para el país como tema pendiente enfrentar un problema aún mayor y de difícil solución: generar fórmulas que permitan dar una solución frente a las centenares de faenas mineras abandonadas a lo largo de todo el país, y que se han multiplicado a lo largo de más de 100 años de explotación de este recurso.
Diversos estudios –algunos de ellos realizados por iniciativa estatal- han establecido claramente que se trata de un grave riesgo potencial, y algunos lamentables accidentes registrados en los últimos años corroboran este hecho. Es necesario en primer término avanzar en la elaboración de un catastro exhaustivo de todas las minas abandonadas del país, de manera de tener claridad sobre este tema, y a continuación establecer planes y cursos de acción que permitan minimizar el riesgo que estos depósitos de desechos altamente tóxicos puedan implicar para la población humana,  los suelos, los cursos de agua, la flora y fauna y, en definitiva, para la salud de los ecosistemas.
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  • 20/11/2011