
“Para cumplir con la normativa es indispensable aplazar la entrada en vigencia de la ley”
Cuestionables declaraciones del gremio minero. Fuente: aminera.cl, 12 de noviembre, 2015.
Además señalaron que aunque las fundiciones chinas tengan exceso de capacidad no puede ser argumento para no invertir en fundiciones chilenas.
La Sociedad Nacional de Minería, Sonami, indicó que de los 5,8 millones de toneladas de cobre que produce Chile anualmente, 3,9 millones se producen como concentrados, y de éstos, 1,4 millones son el resultado de procesar concentrados en el país. Es decir, en casi un 25% de la producción nacional de cobre está involucrada la operación de fundiciones nacionales.
Agregaron en la gremial que las fundiciones nacionales juegan un rol estratégico al permitir diversificar la oferta de productos en el mercado del cobre, en este caso cátodos electrorefinados y ánodos. Además, estas fundiciones permiten el procesamiento de concentrados complejos de difícil colocación en el mercado internacional, y el ácido sulfúrico obtenido como subproducto permite abastecer las faenas que lixivian minerales oxidados, incluyendo aquellas de tamaño medio que de otro forma tendrían serias dificultades para acceder a los mercados internacionales.
Al consultarles por la necesidad de inyectar recursos en las fundiciones, indicaron que las inversiones son necesarias para que las fundiciones cumplan las normativas ambientales. “En caso contrario, habría que cerrarlas con los consiguientes costos económicos y sociales que eso significaría. Al respecto, cabe señalar que a futuro se prevé una mayor producción de concentrados nacionales, como resultado de la profundización de las minas hacia zonas de sulfuros primarios”, señalaron.
Ante el actual escenario, donde se ha especulado sobre la entrada en vigencia de la ley de emisiones y la cantidad de recursos que se requieren para dejarlas en norma, la pregunta que sigue y si en la Sonami creen que se logrará el cumplimiento de la ley al año 2018 o es conveniente aplazar su entrada en vigencia, dijeron que “teniendo en consideración que las fundiciones chilenas debieran estar ubicadas en los primeros cuartiles en términos de control ambiental y competitividad, es indispensable incorporar tecnologías que permitan operar a bajos costos, altos niveles de captación de gases, altas recuperaciones metalúrgicas y recuperación de otros subproductos. Para tal efecto, es indispensable aplazar la entrada en vigencia del Decreto N° 28 de fecha 12 de diciembre de 2013 del Ministerio de Medio Ambiente”.
Respecto al aumento de fundiciones en China y cómo pueden influir en las chilenas, precisaron que las fundiciones chinas tengan exceso de capacidad no puede ser argumento para no invertir en fundiciones chilenas modernas que cumplan la normativa ambiental y que sean rentables, teniendo en consideración el importante rol estratégico mencionado anteriormente.
“Según el International Copper Study Group, China representa el 37% de la capacidad mundial de fundición, seguido de Japón con el 9% y Chile con el 8%. En un mercado de estas características, las fundiciones chinas podrían tener un gran poder monopsónico, lo que les permitiría actuar como cartel, imponiendo cargos de tratamiento y penalidades por impurezas excesivos que pueden afectar a toda la producción de concentrados del país”, concluyeron.