Tribunal Ambiental revisó las medidas cautelares para Ojos de Mar de Llolleo
By Comunicaciones

Tribunal Ambiental revisó las medidas cautelares para Ojos de Mar de Llolleo

Segundo Tribunal Ambiental realizó una audiencia para analizar resolución que paralizó todas las faenas en las lagunas de Llolleo. Fuente: El Líder San Antonio, 26 de abril de 2022.

La negativa del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) de declarar humedal urbano las lagunas de los Ojos de Mar de Llolleo derivó en una serie de reclamaciones a la decisión en el tribunal ambiental.

Distintas organizaciones ciudadanas y ambientalistas apelaron a la resolución, que se dio a conocer el 24 de septiembre del año pasado, luego que en enero de 2011 la Municipalidad de San Antonio pidiera declarar como “humedal urbano” a los cuerpos de agua.

Desde esa fecha las acciones en los tribunales ambientales se sucedieron. El 9 de noviembre de 2021 un grupo de vecinos de San Antonio interpuso una reclamación en el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la resolución del ministerio, la que fue admitida.
Luego, el 19 de noviembre de 2021, la Municipalidad de San Antonio interpuso en el Segundo Tribunal Ambiental otra reclamación contra la resolución del ministerio. También fue admitida y la causa se acumuló a la primera.

El 13 de diciembre la Empresa Portuaria San Antonio se sumó a la causa “como tercero independiente (…) considerando que es propietaria del recinto portuario donde se ubica el Sistema de Lagunas de Llolleo “Ojos de Mar”, además de ser titular del proyecto Puerto Exterior San Antonio”, como se lee en la información del órgano jurídico.

Con estos antecedentes el 19 de enero de este año el Tribunal Ambiental, si bien no admitió la apelación a la decisión del MMA, dictó medidas cautelares en el humedal y decretó la paralización de toda obra o faena dentro de los límites del humedal Sistema de Lagunas de Llolleo Ojos de Mar hasta que se dicte sentencia y el desarrollo de un estudio, destinado a determinar potenciales causas de la eutrofización (ver recuadro) y otros efectos exógenos en el humedal.

El estudio deberá ser realizado por una entidad técnica de fiscalización ambiental que tiene que demostrar que está acreditada para análisis de parámetros de calidad de agua marina y continental y en estudios de biodiversidad acuática. Posteriormente, el tribunal resolvió que la segunda medida también podría ser realizada por centros de investigación o expertos.

La semana pasada, el mismo Segundo Tribunal Ambiental realizó la audiencia de revisión de las medidas cautelares a solicitud de los reclamantes.

El tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente; Cristián Delpiano y Cristián López. Los alegatos estuvieron a cargo de la abogada Macarena Martinic Cristensen, en representación de los reclamantes; Osvaldo Solís Mansilla, del Consejo de Defensa del Estado por el Ministerio del Medio Ambiente; y Pablo Suckel, por la Empresa Portuaria San Antonio, tercero independiente del ministerio.

OJOS DE MAR

La organización Ojos de Mar solicitó al tribunal ampliar los límites del polígono que está bajo la medida cautelar de detener faenas. “Lo que se está solicitando, y en virtud de las constantes actividades que se realizan en torno al humedal, entendiendo que no solo son los tres cuerpos de agua, por eso pedimos que se haga extensiva a todo el lugar, más allá de las lagunas, hasta la playa”, expuso Luz Marina Huerta, de la Organización Ojos de Mar.

Para la representante de la organización ambiental, “es necesario ampliar, porque el criterio de protección es económico y
no ambiental. Es difícil dejar la labor de tutoría a una empresa que tiene una misión económica y no ambiental”, cuestionó.

-¿Qué pasa ahora?
-Esperar la resolución. Lo fundamental es que ya existe una medida cautelar decretada en los humedales y eso es importante, porque no son muchas las que se decretan en el país. Es un logro para los movimientos socioambientales,
porque abre la esperanza en otros lugares.

EPSA
La Empresa Puerto San Antonio, consultada por la audiencia, respondió que “esta es una audiencia habitual dentro del proceso judicial que está en desarrollo. Sin perjuicio de eso, es importante mencionar que el Puerto de San Antonio ha avanzado con el compromiso de proteger las Lagunas Ojos de Mar, tal como se anunció en septiembre de 2021″.

CONTAMINACIÓN DE AGUAS

La eutrofización es el proceso de contaminación más importante de las aguas en lagos, balsas, ríos, embalses y lagunas. Este proceso está provocado por el exceso de nutrientes en el agua, principalmente nitrógeno y fósforo, procedentes mayoritariamente de la actividad del hombre. Sus causas están en actividades como: Agricultura: se emplean fertilizantes nitrogenados para abonar los cultivos, filtrándose en la tierra y llegando hasta los ríos y las aguas subterráneas.

Ganadería: los excrementos de los animales son ricos en nutrientes, sobretodo en nitrógeno. Si los excrementos no son gestionados de buena manera pueden terminar contaminando las aguas cercanas.

Residuos urbanos: principalmente los detergentes con fosfatos. Actividad industrial se pueden producir vertidos tanto de productos nitrogenados como fosfatados entre otros muchos tóxicos. Contaminación atmosférica: las emisiones de óxidos de nitrógeno y azufre reaccionan en la atmósfera produciendo lluvia ácida, llevando nutrientes de este modo a las masas de aguas. Actividad forestal: los residuos forestales que se dejan en las aguas, se degradan aportándole todo el nitrógeno y el resto de nutrientes que tenía la planta.

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  • 27/04/2022