Ordenan pagarle $393 millones a minera por la construcción de un parque eólico en sus pertenencias
By Comunicaciones

Ordenan pagarle $393 millones a minera por la construcción de un parque eólico en sus pertenencias

Empresario acusa que el Parque Eólico Taltal de Enel fue construido en terrenos de su proyecto minero Arbiodo que buscaba explotar yodo y nitrato. Fuente: El Mercurio de Antofagasta, 13 de diciembre de 2023.

El 12 juzgado Civil de Santiago acogió en parte la demanda del empresario Sergio Weinstein, controlador del proyecto minero Arbiodo, quien acusa que en sus pertenencias mineras, ubicadas en la comuna de Taita!, fue construido un parque eólico que impidió la ejecución de su proyecto de yodo y nitrato, pese a que la iniciativa contaba con aprobación ambiental desde abril de 2016.

El empresario, que a fines de 2016 ingresó la demanda de nulidad e indemnización en contra del Fisco, el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), el Parque Eólico Taltal S.A. y Enel; podría recibir una indemnización de perjuicios cercana a los US$393 millones, aunque es una sentencia de primera instancia.

ESTUDIAN ACCIONES

Respecto del fallo, el director nacional de Sernageomin, Patricio Aguilera, comunicó que ‘el área jurídica de Sernageomin se encuentra analizando el contenido de lo fallado por el 12° Juzgado Civil de Santiago para que oportunamente se ejerzan los recursos que la ley le franquea’. Por su parte, desde Enel Chile expresaron que ‘estarnos revisando la sentencia de la que hemos sido notificados (lunes 11 de diciembre) a fin de evaluar los cursos de acción correspondientes’.

INDEMNIZACIÓN

La sentencia, según consignaba ayer La Tercera, acoge la ‘demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, únicamente, en cuanto se condena al Servicio Nacional de Geología y Minería, Enel y el Parque Eólico Taltal, a pagar solidariamente a las demandadas a título de daño emergente por concepto de pérdida del yacimiento minero Arbiodo y gastos invertidos en la ejecución del Proyecto Minero, la suma de $346.067.011.168’.

Sobre la indemnización final, el fallo especifica además que ‘deberá ser pagada reajustada debidamente conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre la fecha de la interposición de la demanda y la fecha de su pago efectivo’. De concretarse el pago, de todas maneras representará una fracción de lo demandado por el empresario, quien había solicitado una indemnización por 51.811.417 UF (sobre 1.897 millones de pesos).

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  • 14/12/2023