
Condenan a exsenador Orpis por caso Corpesca y a firma por falta de control para prevenir delitos
Por primera vez se condenó a una compañía por su responsabilidad penal en un juicio oral. En abril se conocerán las sanciones. Fuente: Diario Financiero, 3 de diciembre de 2020.
Una extensa audiencia marcó la etapa final del caso Corpesca, emblemático en torno al financiamiento irregular de la política, ligado además al trámite de la Ley General de Pesca.
El Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago –compuesto por las juezas Doris Ocampo, María Inés González y Claudia Bugueño- entregó su veredicto en contra del exsenador UDI Jaime Orpis por seis delitos de fraude al Fisco y dos de cohecho, mientras que contra la exdiputada Marta Isasi fue por uno de cohecho. Se les absolvieron por delitos tributarios, aunque el Servicio de Impuestos Internos dijo que ‘se están analizando las acciones a seguir’ dado que a su juicio habría delito tributario. En el caso de Corpesca, una empresa relacionada a Empresas Copec, del grupo Angelini, en el veredicto de los jueces se llega a la conclusión de que infringió la Ley 20.393, que otorga responsabilidad penal a las personas jurídicas.
En específico, se detalló que Corpesca fue acusada –en síntesis- porque su exgerente general Francisco Mujica fue condenado por delitos que estaban siendo perseguidos por el Ministerio Público –a través de la fiscal Ximena Chong y Jaime Retamal- en este juicio. La magistrada Ocampo explicó al hablar de la compañía que para la mayoría de los jueces que analizaron es claro que Corpesca incumplió los deberes de control y que los delitos se produjeron por esto.
‘Del cúmulo de antecedentes se pudo determinar un defecto de organización grave al interior de Corpesca, cuando el gerente general no tenía sobre su persona ningún tipo de supervisión, inspección o control’, dijo la jueza.
Luego agregó que si bien existía un modelo de prevención de delito elaborado por Deloitte, el cual fue aprobado por el directorio, designándose un encargado el 3 de noviembre de 2011, esta persona ‘no tenía la autonomía necesaria para fiscalizar’.
Agregó que Mujica autorizó numerosas boletas falsas relacionadas a Orpis y que, incluso, Corpesca tuvo que rectificar mas de 80 cuyo respaldo fue cuestionado.
La magistrada recalcó que el ejecutivo no estaba sujeto a un mínimo de cuestionamiento y control. ‘El directorio fue incapaz de supervisarlo’, recalcó y luego agregó que cuando Mujica se retiró de la empresa por el caso en 2013, se le agradeció su gestión y se le pagó una indemnización de más de $ 300 millones, además que siguió vinculado a otras empresas del grupo controlador, ‘situación que denotan un tratamiento negligente sobre una cultura organizacional preventiva’. Finalmente, la jueza reconoció que la empresa colaboró en la entrega de material esencial para el esclarecimiento de los hechos juzgados
El fallo definitivo y las sanciones se conocerán el 16 de abril a las 12 horas. Para la empresa, el Ministerio Público pidió una multa de 20.000 unidades tributarias mensuales (UTM, unos $ 1.000 millones) y 5 años de prohibición temporal de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, además de la pena accesoria de publicación de un extracto de la sentencia en el Diario Oficial u otro diario de circulación nacional, según informó Emol.
Expertos del área explican que fuera del monto económico, la prohibición de celebrar contratos con el Estado es lo más complejo. En especial porque las cuotas pesqueras podrían caer dentro de este tópico, aunque la sanción no aplica de manera retroactiva.