[Diario Financiero] SMA formula cargos gravísimos contra Enap Refinería Aconcagua por información falsa e incompleta
El Gobierno consideró “inaceptables” los hechos y la empresa estatal aseguró que continuará fortaleciendo sus mecanismos de control. Fuente: Diario Financiero, 27 de octubre de 2027.
Tras la investigación que inició a fines de abril la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) contra Enap Refinerías Aconcagua ante la denuncia de manipulación de datos de cumplimiento ambiental, este lunes la entidad fiscalizadora formuló cargos gravísimos por entrega de información falsa e incompleta, arriesgando la estatal multas que superan los US$ 19 millones.
Lo anterior, al detectar múltiples incumplimientos a las obligaciones ambientales establecidas en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, así como a la Norma de Emisión de Ruidos.
En sí, se considera cuatro cargos de carácter ambiental, dos de los cuales clasificados preliminarmente como gravísimos.
Esto, debido a la ocultación, alteración e imprecisión deliberada de antecedentes técnicos que impidieron a la SMA ejercer oportunamente sus potestades de fiscalización y sanción.
El primer cargo gravísimo se imputa por no cumplir con la eficiencia mínima anual del 98% en el Sistema de Recuperación de Azufre (SRA) entre los años 2023 y 2025.
Según se explicó, el análisis técnico evidenció que la estatal manipuló internamente los datos presentados ante la SMA para simular un cumplimiento que en la realidad no alcanzaba los mínimos legales, obteniéndose eficiencias reales recalculadas de solo 94,1% en 2023, 90,5% en 2024 y 90,2% en 2025.
El segundo cargo gravísimo responde al haber superado los límites máximos permitidos de emisión de dióxido de azufre (SO₂), fijados en 1.145 toneladas/año. “La compañía omitió históricamente en sus reportes oficiales la corriente de flaring (quemado de gases en antorchas), la cual constituye la segunda fuente de emisiones más relevante de la refinería”, se dice.
Se añade que, con la reestimación técnica realizada por la SMA, se verificó que Enap excedió el límite normativo alcanzando 1.277 toneladas de SO₂ en 2023 y 1.168 toneladas en 2024.
El procedimiento suma dos cargos leves: uno relacionado a la falta de validación del sistema de monitoreo continuo de emisiones (CEMS) y otro a la superación de norma de ruidos.
Las infracciones gravísimas pueden ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), clausura o multas de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) cada una.
Y las leves contemplan amonestación por escrito o multas de hasta 1.000 UTA.
Si se confirman las responsabilidades en el dictamen sancionatorio, la estatal arriesga un monto teórico máximo acumulado de hasta 22.000 UTA (cercano a los US$ 19 millones).
Enap Refinerías tiene un plazo
total ampliado de oficio de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 22 días hábiles para formular sus descargos.
En tanto, la SMA derivará los antecedentes al Ministerio Público y a la Contraloría.
El timonel de la SMA, Emanuel Ibarra, recalcó que los antecedentes analizados dan cuenta de que la información reportada por la empresa sobre la recuperación de azufre y las emisiones de sus antorchas “no reflejaba la realidad, lo que habría impedido a la SMA ejercer sus atribuciones”.
Los Ministerios de Energía y Hacienda consideraron “inaceptables los hechos detectados y reconocidos por la empresa en los reportes de emisiones de azufre”.
Y exigieron a Enap continuar colaborando activamente con la investigación de la SMA y del Ministerio Público.
La respuesta
Enap indicó que están analizando en detalle los antecedentes y, dentro de los plazos, definirá su curso de acción según la legislación ambiental.
Y destacó que este proceso comenzó luego de que la propia firma detectara inconsistencias en la información reportada.
Respecto de los cargos relacionados con el PPDA, dijo que no existe antecedente alguno que vincule los hechos denunciados por la empresa con algún impacto en la población. “La revisión de los registros de las estaciones de monitoreo aledañas a la refinería indica que desde 2019 se han cumplido las Normas Primarias de Calidad del Aire vigentes para SO₂ y PM2,5, lo que resulta consistente con los informes técnicos de cumplimiento de calidad del aire elaborados por la SMA para la zona de Concón, Quintero y Puchuncaví”, recalcaron.
Además, anunciaron que la firma “continuará fortaleciendo sus mecanismos de control, denuncia, supervisión y rendición (…), colaborando con las autoridades fiscalizadoras”.