CMF ratifica decisión sobre el acuerdo entre Codelco y SQM: Tianqui puede apelar
El ente regulador reafirmó que la alianza no necesita la aprobación de la junta de accionistas de SQM, como sostiene la empresa china. Fuente: Revista Nueva Minería, 17 de julio de 2024.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) rechazó el recurso de reposición presentado por Tianqi en contra de su resolución sobre el acuerdo entre Codelco y SQM para la explotación de litio. La CMF determinó que el acuerdo no necesita ser aprobado por la junta de accionistas de SQM.
La presidenta de la CMF, Solange Berstein, firmó la resolución que rechaza el recurso interpuesto por Tianqi, propietaria del 22% de SQM. La entidad señaló: “Rechazar el recurso de reposición interpuesto en contra del Oficio Ordinario N°74.987 de 18 de junio de 2024, manteniendo lo resuelto en dicho acto administrativo”.
La CMF también rechazó la solicitud de Tianqi de adoptar medidas preventivas para proteger los intereses de los accionistas minoritarios, argumentando que no se solicitaron medidas concretas de análisis legal, según informó La Tercera.
En este sentido, el organismo considera que el recurso de reposición no presentó elementos que justifiquen modificar la resolución original. Dado que no se aportaron nuevos antecedentes ni alegaciones que desvirtúen el análisis realizado, la CMF concluyó que no había mérito para aceptar lo solicitado por Tianqi.
Tras este veredicto, la compañía china puede apelar esta decisión ante la Corte de Apelaciones de Santiago mediante un reclamo de ilegalidad, para lo cual tiene un plazo de 10 días hábiles.
Tianqui
Desde Tianqi argumentaron en su recurso que la CMF aplicó un concepto restringido del término “enajenación” sin considerar elementos relevantes de la asociación y sin valorar adecuadamente que SQM se desprende de su negocio en favor de un tercero al transferir el control sobre su filial.
La empresa sostiene que la asociación con Codelco implica una operación compleja, que no se limita a la fusión de las filiales SQM Salar y Minera Tarar, sino que abarca actos jurídicos sobre activos importantes de SQM, lo que debería haber sido votado por los accionistas.
Cabe recordar que el acuerdo entre ambas empresas, firmado inicialmente bajo un memorándum de entendimiento en diciembre de 2023 y formalizado el 31 de mayo, se divide en dos etapas. En la primera, entre 2025 y 2030, SQM mantendrá el control de la sociedad fusionada, mientras que en la segunda, hasta 2060, Codelco será el controlador.
Abogados que siguen el caso anticiparon que el recurso de reposición sería un trámite previo al camino de los tribunales, dado que la CMF había mantenido el mismo criterio en dos ocasiones anteriores.