Corte Suprema advierte riesgos en reforma a la justicia ambiental y cuestiona ampliar su competencia
El máximo tribunal analizó el proyecto que modifica la Ley N°20.600 sobre Tribunales Ambientales y alertó que permitir más recursos ante la Corte Suprema podría afectar la especialización y la celeridad del sistema. Fuente: Reporte Minero, 5 de marzo de 2026.
La Corte Suprema emitió un informe sobre el proyecto de ley que busca modificar la Ley N°20.600, normativa que regula el funcionamiento de los Tribunales Ambientales, particularmente en materia de recursos de apelación y casación dentro del sistema de justicia ambiental chileno.
El análisis fue realizado por el pleno del máximo tribunal en sesión del 27 de febrero y posteriormente remitido al Senado el 3 de marzo, en el marco de la tramitación legislativa de la iniciativa que actualmente se encuentra en tercer trámite constitucional.
Proyecto busca ampliar recursos ante la Corte Suprema
La propuesta legislativa plantea modificar el sistema de impugnación de las resoluciones dictadas por los Tribunales Ambientales, ampliando la posibilidad de interponer recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema.
Actualmente, estos recursos proceden principalmente contra sentencias definitivas dictadas en materias específicas definidas por la ley, mientras que la reforma propone extender su aplicación a un rango más amplio de resoluciones.
El objetivo de la iniciativa es resolver vacíos detectados en procedimientos regulados por leyes especiales, como los relacionados con humedales urbanos o la gestión de residuos y reciclaje, donde las sentencias de los tribunales ambientales no siempre pueden ser revisadas por la Corte Suprema.
Advertencia sobre impacto en la justicia ambiental especializada
En su informe, la Corte Suprema manifestó observaciones respecto del alcance de la reforma, especialmente en relación con la posibilidad de recurrir a casación contra resoluciones que no tienen carácter de sentencia definitiva.
El máximo tribunal advirtió que la modificación podría ampliar excesivamente su competencia en materias altamente especializadas, lo que podría afectar el diseño institucional del sistema ambiental.
En ese contexto, el documento señala que la iniciativa podría entrar en tensión con el objetivo de mantener una justicia ambiental especializada y expedita, principios que guiaron la creación de los tribunales ambientales en Chile.
Cuestionamiento a la concentración de conflictos en la Corte Suprema
El informe plantea dudas respecto de que la Corte Suprema termine siendo la instancia final para resolver un amplio número de conflictos ambientales.
“Cuesta comprender por qué frente a un aparato burocrático robusto, compuesto por un Ministerio del Medio Ambiente, una Superintendencia del Medio Ambiente, un Servicio de Evaluación Ambiental, un Servicio de Biodiversidad de Áreas Protegidas y tres tribunales ambientales, sea, en último término, una sala de la Corte Suprema la que pueda ser llamada a conocer y resolver de todos los conflictos ambientales”, sostiene el documento.
La observación apunta a la eventual pérdida de relevancia del sistema institucional especializado que actualmente opera en la materia.
Riesgo de inconsistencias en el sistema de recursos
Otro aspecto señalado por el tribunal se relaciona con la posibilidad de que la reforma permita recurrir por casación decisiones que la legislación considera inapelables. De acuerdo con el informe, esto podría generar una situación jurídica inusual en la que resoluciones no revisables por apelación puedan ser impugnadas directamente ante la Corte Suprema.
El documento advierte que ello podría derivar en una especie de impugnación “per saltum”, es decir, un salto directo a la instancia superior sin pasar por las etapas intermedias del sistema recursivo.
La Corte Suprema también plantea que la iniciativa parecería asociar el cumplimiento del debido proceso con la posibilidad de recurrir directamente ante el máximo tribunal. Sin embargo, el informe señala que dicha interpretación no necesariamente se verifica en este caso, dado que el sistema actual ya contempla mecanismos de revisión dentro de la estructura judicial y administrativa ambiental.