Juzgado de Letras de Porvenir declara la quiebra de Nova Austral
By Comunicaciones

Juzgado de Letras de Porvenir declara la quiebra de Nova Austral

La resolución decretada este lunes ordenó la apertura del proceso de liquidación concursal, solicitando a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento la nominación de un liquidador, acompañando los antecedentes de los tres principales acreedores. Fuente: Aqua, 16 de mayo de 2024.

La compañía se encuentra en un complejo escenario financiero, ello debido a que dos proveedores no estuvieron de acuerdo con los términos propuestos en la reorganización judicial, ante lo cual el Juzgado de Letras de Porvenir dictaminó la liquidación directa.

En efecto, este lunes 13 de mayo, el juez titular de Porvenir, Pablo Aceituno, declaró la quiebra de la salmonicultora Nova Austral, tras las quejas de dos acreedores que reclamaron trato desigual que fue acogido por el juez. No obstante, Nova Austral, asesorada por el abogado Ricardo Reveco, socio de Carey, recurrirá ante la Corte de Apelaciones para impugnar la resolución de primera instancia. La salmonicultora otorga empleo a más de 3.000 personas en forma directa e indirecta.

El magistrado de Porvenir destaca que la comercializadora Nutreco Chile Limitada y Salmonífera Dalcahue Limitada, los acreedores, expresaron su disconformidad con las cláusulas de pago del convenio, que permitía la viabilidad de la empresa que opera en Porvenir.

La resolución decretada este lunes ordenó la apertura del proceso de liquidación concursal, solicitando a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento la nominación de un liquidador, acompañando los antecedentes de los tres principales acreedores.

El fallo

El texto promueve incidente de “impugnación del Acuerdo de Reorganización Judicial de la empresa deudora Nova Austral S.A., aprobado en la Junta de Acreedores celebrada el 17 de enero de 2023. Después de remitirse a los antecedentes del proceso, se refiere a la existencia de un acuerdo tácito entre el deudor y uno o más acreedores favorecidos, al establecer condiciones de pago más favorables para la subclase de Acreedores Valistas Proveedores Esenciales en desmedro de aquella de los Acreedores Valistas No Esenciales, lo que considera arbitrario y sin fundamentación alguna, permitiendo ventajas indebidas de ciertos acreedores respecto de los demás”.

Dentro de los considerandos, “en relación con el fundamento de las impugnaciones, tenemos que se alegó por el incidentista Comercializadora Nutreco Chile Limitada, que el acuerdo contiene estipulaciones contrarias al ordenamiento jurídico, al existir una discriminación arbitraria en la asignación de subclases de acreedores”.

Además, el fallo destaca que, “del análisis de la propuesta de reorganización, se desprende que los acreedores Nutreco y Ewos, se encuentran en la misma situación crediticia, y ambos suministran alimentos esenciales para el giro de la empresa”.

“Por lo tanto, la única diferencia existente entre ambos acreedores, es el monto de su crédito y su origen (Reconocimiento de deuda y Contrato de Prenda, respectivamente), por lo que la distinción efectuada en el acuerdo, excede el límite contenido en el artículo 64, no tiene una razón lógica, que pueda derivar necesariamente de las condiciones de ambos acreedores, y genera una desigualdad infundada, que deviene en ilegal, constituyendo una privación patrimonial de las afectadas, aspecto que también formó parte de la incidencia planteada por Salmonífera Dalcahue Limitada”, se desprende del documento.

Nutreco es representada por el abogado Fernando Urrutia, socio de Cariola, y Salmonífera Dalcahue es asesorada por el abogado José Luis Díaz.

El juez determinó que el “trato diferenciado se observa en la posibilidad de financiar capital de trabajo y traspasa el marco del artículo 64 de la Ley de Insolvencia”. También acotó que el convenio “genera una discriminación arbitraria, injustificada, injusta o desproporcionada y ajustada al referido artículo 64, facilitar el salvataje económico de la empresa Nova Austral”.

El juez Pablo Aceituno concluyó que el Acuerdo de Reorganización Judicial de Nova Austral “genera una desigualdad infundada, que deviene en ilegal, constituyendo una privación patrimonial a las afectadas”.

Para ello, se basa en el artículo 64 de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, que permite que en las propuestas de acuerdo de reorganización se puedan “establecer condiciones más favorables para algunos de los acreedores de una misma clase o categoría, siempre que los demás acreedores de la respectiva clase o categoría lo acuerden con Quórum Especial, el cual se calculará únicamente sobre el monto de los créditos de estos últimos”.

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  • 16/05/2024