Se inicia postulación al Comité Operativo Ampliado para la elaboración del decreto de metas de textiles de la Ley REP
Mediante la publicación en el Diario Oficial de la resolución correspondiente, el Ministerio del Medio Ambiente inició la etapa de elaboración del anteproyecto de decreto supremo que establecerá las obligaciones de los productores de textiles en materia de recolección y valorización de residuos, entre otras. Como parte relevante del proceso, paralelamente se convoca a presentar la postulación de las personas que formarán un órgano consultivo, donde deben estar representados diversos sectores, como los productores de textiles, comercializadores y distribuidores, gestores de residuos, recicladores de base, asociaciones de consumidores, ONGs y academia. Fuente: País Circular,11 de marzo de 2026.
A solo ocho meses de que se declarara a los textiles como producto prioritario de la Ley N°20.920, conocida como Ley REP, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) publicó ayer en el Diario Oficial la resolución mediante la cual se da inicio a la elaboración del decreto supremo que establecerá las metas de recolección y valorización -y otras obligaciones- que deberán cumplir los productores, según los define la ley.
En el documento se convoca al proceso de postulación para integrar el Comité Operativo Ampliado (COA), entidad que tiene un relevante rol consultivo en el desarrollo del anteproyecto de decreto.
El COA estará integrado por un máximo de 20 personas, seis de las cuales son nominadas por el gobierno, a través de los ministerios del Medio Ambiente, de Salud, y de Economía, Fomento y Turismo, así como de la Corfo, el Servicio Nacional de Aduanas y el Sernac. Dos integrantes son nominados por las asociaciones de municipalidades. Los doce restantes saldrán del proceso de postulación que realicen los siguientes sectores: productores de textiles, productores de textiles que constituyan empresas de menor tamaño, comercializadores y distribuidores de textiles, gestores de residuos, asociaciones de consumidores, recicladores de base, academia, y ONGs que tengan como objetivo el cuidado del medio ambiente.
Las entidades que presenten postulantes, de acuerdo a lo que establece la resolución, tendrán un plazo de 20 días hábiles -a partir de ayer- para hacer llegar los antecedentes para designar a dos personas para integrar el comité, una en calidad de titular y la otra en calidad de suplente. “Podrá postularse a personas naturales que tengan experiencia y conocimientos en el sector al que representen”, precisa el documento publicado ayer en el Diario Oficial.
“En Chile se estima que [los residuos textiles] superan las 572 mil toneladas al año, lo que representa cerca del 7% de los residuos sólidos urbanos per cápita. Estos residuos suelen terminar en rellenos sanitarios, vertederos o microbasurales, generando impactos ambientales como la emisión de microplásticos y la contaminación de suelos y aguas”.

Cómo llegaron los textiles a la REP
Los textiles son el séptimo producto prioritario de la Ley REP, que “establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje”. La norma, promulgada hace 10 años (en junio de 2016), contemplaba seis productos prioritarios y dejaba abierta la posibilidad de agregar otros.
Los seis productos originales se encuentran en distintas etapas de implementación: neumáticos fuera de uso (NFU) y envases y embalajes (EyE) están en plena vigencia desde 2023, año en que comenzaron a ser obligatorias las metas; aceites lubricantes usados (ALU) cuenta con decreto de metas publicado en noviembre de 2024, por lo que las obligaciones deben comenzar a regir a fines de este año; para pilas y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (P+RAEE), se completó todo el proceso de elaboración del decreto de metas y desde hace meses se espera su publicación en el Diario Oficial; en el caso de baterías fuera de uso (BFU), a fines de febrero se publicó el anteproyecto, y actualmente está en consulta ciudadana.
Los textiles fueron sumados a la REP a mediados del año pasado. Esta decisión respondió a una serie de trabajos previos en relación a los residuos de la industria textil, y también a una creciente conciencia ciudadana sobre los enormes impactos negativos que esta industria genera en el medio ambiente, tanto en los procesos de producción masiva como a través de los desechos que genera. Un hito en esta materia fue la difusión a nivel internacional de las imágenes de los gigantescos vertederos ilegales de ropa existentes en Alto Hospicio, en el desierto de Atacama.
Según explica el Ministerio del Medio Ambiente, los textiles fueron incorporados como producto prioritario porque “se trata de bienes de consumo masivo, presentes en la vida cotidiana de las personas y en distintos sectores productivos”. Agrega que, “al finalizar su vida útil, generan un volumen significativo de residuos: en Chile se estima que superan las 572 mil toneladas al año, lo que representa cerca del 7% de los residuos sólidos urbanos per cápita. Estos residuos suelen terminar en rellenos sanitarios, vertederos o microbasurales, generando impactos ambientales como la emisión de microplásticos y la contaminación de suelos y aguas”.
De acuerdo con datos publicados en el sitio web del MMA, a nivel global, la industria de la confección y el calzado es responsable de cerca del 10% de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), más que el transporte marítimo y los vuelos internacionales combinados. Además, es una industria que consume mucha agua, por ejemplo, producir una camiseta de algodón consume 2.700 litros de agua, suficiente para satisfacer las necesidades hídricas de una persona durante 2,5 años. Por otra parte, la producción de textiles, desde el cultivo hasta los procesos de teñido y acabado, requiere más de 1.900 tipos de productos químicos, casi el 8% de los cuales se han etiquetado como peligrosos para la salud humana y el medio ambiente.
Entre los trabajos previos y complementarios del Ministerio del Medio Ambiente sobre este tema destaca la Estrategia de Economía Circular para Textiles al 2040, presentada en octubre del año pasado, que establece cuatro metas principales: disminuir el sobreconsumo de productos textiles; impulsar el desarrollo de oficios formales y empleos en economía circular; aumentar la valorización de los residuos textiles; prevenir y erradicar los vertederos ilegales de residuos textiles.

¿Qué se entiende por “textiles?
Según lo establecido en la resolución publicada ayer, se entenderá por “textiles”, preliminarmente, “todos aquellos productos que, en estado bruto, semielaborado, elaborado, semimanufacturado, manufacturado, semiconfeccionado o confeccionado, estén compuestos principalmente por fibras textiles, cualquiera sea el procedimiento de mezcla o ensamblaje utilizado”.
A partir de esa definición se establecen una serie de categorías: prendas de vestir, textiles del hogar, calzado, accesorios y otros textiles. Cada una de ellas es explicada en la resolución, donde se aclara que “aplicarán sin perjuicio del uso que se le dé al producto —doméstico, laboral u otro— y sin perjuicio de si el producto es nuevo o de segunda mano, siempre que se trate de su primera introducción al mercado en territorio nacional”.
Plazos
De acuerdo con la resolución del MMA, las personas u organizaciones que lo deseen pueden aportar “antecedentes técnicos, económicos y sociales sobre la materia a regular”. Esto se podrá hacer de manera física en la en la Oficina de Partes del Ministerio, o de manera digital a través del siguiente correo electrónico: reptextiles@mma.gob.cl.
El plazo para entregar estos antecedentes es de 45 días hábiles a partir de ayer.
El Ministerio del Medio Ambiente tendrá un plazo de seis meses para dictar el anteproyecto, según se establece en el Decreto 8 (2017) del MMA, que regula el procedimiento de elaboración de los decretos supremos establecidos en la ley N°20.920.
Se puede encontrar más información sobre el proceso en la siguiente página: https://economiacircular.mma.gob.cl/textiles/
