La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas provisionales pre-procedimentales contra la energética Transelec S.A., tras detectar que uno de sus proyectos podría generar perturbaciones en nidos del Picaflor de Arica, especie protegida y en categoría de peligro crítico de extinción.

El proyecto corresponde a la línea de transmisión eléctrica Subestación Principal Iquique – Subestación Principal Arica, que transporta energía entre ambas provincias a través de torres de 30 a 35 metros de altura, en un trazado de 213,5 kilómetros.

Cabe destacar que, si bien el proyecto cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), esta no contempla medidas específicas para evitar impactos sobre la fauna o flora local, pese a que en su Estudio de Impacto Ambiental (EIA) registraron 44 especies de aves presentes en el área, entre las que no se encuentra la mencionada ave protegida.

Las gestiones se iniciaron luego de que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Arica informara que a 300 metros de una de las torres (T-326), existe una zona de lek -área de exhibición de machos- y un sector de nidificación de esta ave, documentándose intensa actividad reproductiva, con nidos activos y hembras incubando, razón por la cual este sitio fue previamente identificado por el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión (RECOGE) del Ministerio del Medio Ambiente como un hábitat crucial para la especie.

Frente a esta situación, la SMA solicitó a Transelec S.A. antecedentes sobre el proyecto y sobre posibles planes de rescate, relocalización o perturbación controlada mencionados por el SAG, otorgando un plazo de tres días para responder. También se realizó una inspección en terreno, constatando que la torre se emplaza en el denominado “valle fértil” de la quebrada de Camarones, hábitat clave para la nidificación del Picaflor de Arica.

Ante esto, y considerando que la infraestructura se ubica en las inmediaciones de un área de gran importancia para la conservación de esta especie y que podrían haberse realizado intervenciones sin la debida evaluación de sus efectos sobre el ecosistema, la Superintendencia ordenó a la empresa adoptar, en un plazo de 15 días hábiles, las siguientes medidas provisionales pre-procedimentales:

  1. Realizar dos campañas de reconocimiento y levantamiento de información del sector a intervenir en razón de las actividades a realizar en la torre T-326, considerando el área de intervención definida, con el fin de registrar las características del lugar y la presencia de comunidades vegetales del entorno.
  2. Presentar un plan de intervención para las especies Picaflor de Arica (Eulidia yarrelli) y Tamarugo (Prosopis tamarugo). En base al levantamiento anterior, se deberá presentar un plan para evitar impactos sobre el Picaflor de Arica (Eulidia yarrellii) y el Tamarugo (Prosopis tamarugo), considerando sus características y estado de conservación.
  3. Prohibir, inmediatamente tras la notificación, el ingreso de maquinaria y cualquier acción que afecte individuos o nidos del Picaflor de Arica, incluyendo la recolección de huevos, en el sector cercano a la torre T-326.

Más información en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/516

Picaflor de Arica (Eulidia yarrellii)

El ave más pequeña de Chile, el Picaflor de Arica, es una especie endémica en “Peligro Crítico” que mide hasta 8 cm y pesa cerca de 2,5 g. Su reproducción incluye la defensa de áreas abiertas por parte de los machos para atraer a las hembras, que luego nidifican solas.

Ante su grave riesgo de extinción, el Ministerio del Medio Ambiente aprobó en 2021 un Plan de Recuperación, Conservación y Gestión que actualiza su distribución, limitada a valles fértiles del norte como Azapa, Vitor, Camarones, Acha y Miñita.