Dentro de la subcategoría "plástico", los productores tendrán la obligación de revalorizar en 3% de sus productos "domiciliarios", hasta llegar al 45% a partir del duodécimo año. En el caso de los "industriales", la obligación es revalorizar el 13%, hasta alcanzar 55% a contar del noveno año. Fuente: La Tercera, 16 de marzo de 2021.