Biobío: SMA formula cargos contra Central Eólica La Esperanza por incumplimientos ambientales que afectarían a la avifauna
By valentina

Biobío: SMA formula cargos contra Central Eólica La Esperanza por incumplimientos ambientales que afectarían a la avifauna

Según la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto, el titular debía implementar ciertas medidas para mitigar los impactos sobre la avifauna de la zona. Sin embargo, durante las inspecciones ambientales se constató el incumplimiento de parte de las medidas de mitigación. Fuente: SMA, 24 de septiembre de 2025.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo leve contra la empresa Eólica La Esperanza S.A., titular del proyecto Central Eólica La Esperanza, ubicado en la comuna de Negrete, provincia de Biobío, por incumplimientos a las medidas  comprometidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), específicamente aquellas destinadas a proteger la avifauna local.

El proyecto, aprobado en 2015, considera la construcción y operación de un parque eólico compuesto por cinco aerogeneradores, además de una línea de media tensión para su conexión a la Subestación Eléctrica Negrete.

Según su Resolución de Calificación Ambiental, la empresa debía implementar una serie de medidas para evitar colisiones, electrocuciones o el perchado de aves en las instalaciones eléctricas del proyecto. Entre estas se contemplaba la instalación de elementos disuasivos en postes y cables, sistemas antiperchamiento y espirales salvapájaros de PVC para marcar el tendido eléctrico.

No obstante, durante fiscalizaciones realizadas por la SMA en conjunto con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) en 2022, se verificó que los postes de transmisión eléctrica no contaban con sistemas de antiperchamiento, ni tampoco espirales salvapájaros de PVC para marcar el cableado eléctrico.

Posteriormente, en una nueva inspección llevada a cabo en abril de 2025 junto a la Corporación Nacional Forestal (Conaf), se constató que la situación persistía y que no se había implementado en ninguna postación o sección lineal del tendido eléctrico medidas anticolisión de aves conforme a lo establecido en su Resolución de Calificación Ambiental.

El jefe de la Oficina Regional de la SMA en Biobío, Juan Pablo Granzow, afirmó que “los proyectos energéticos, como en este caso el Parque Eólico La Esperanza, pueden tener impactos significativos sobre la biodiversidad. Por ello, es fundamental que los titulares cumplan con las exigencias establecidas en sus permisos ambientales, para evitar afectaciones a los ecosistemas locales”.

Cabe recordar que, conforme a lo dispuesto en la letra c) del artículo 39 de la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA), las infracciones leves pueden ser sancionadas con amonestación por escrito o con multas de hasta mil unidades tributarias anuales.

El titular cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos.

Más información sobre esta formulación de cargos en el portal del Servicio Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4249

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  • 25/09/2025

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