Declaran cinco nuevos Santuarios de la Naturaleza: ¿qué pasará con ellos cuando entre en vigor el SBAP?
By Comunicaciones

Declaran cinco nuevos Santuarios de la Naturaleza: ¿qué pasará con ellos cuando entre en vigor el SBAP?

Enfatizando la zona costera del país, el Comité de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobó proteger los sectores de Playa Sur de Tunquén, Gota de Leche en El Tabo y Cerro de la Cruz de Zapallar, en la Región de Valparaíso; Cruz de Piedra, en la Región Metropolitana; y Cruz Grande en la Región de Coquimbo. En un plazo de cinco años, eso sí, dejarán de existir y serán reclasificados cuando se promulgue el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), sin perder su rango de protección. Fuente: País Circular, 12 de septiembre de 2023.

El 1 de septiembre pasado, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático dio luz verde a cinco nuevos Santuarios de la Naturaleza, con énfasis en la zona costera del país, que se encuentra subrepresentada en el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).

En efecto, cuatro de los cinco nuevos Santuarios se emplazan en la zona litoral de Chile: Playa Sur de Tunquén, Gota de Leche de El Tabo, Cerro de la Cruz de Zapallar, en la Región de Valparaíso; y Cruz Grande, en la Región de Coquimbo. Cruz de Piedra, en la Región Metropolitana, también fue declarado Santuario de la Naturaleza.

Según el Ministerio del Medio Ambiente, cuya ministra Maisa Rojas preside el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, esta decisión representa un estimable avance en protección a la biodiversidad, que va en línea con las metas adoptadas por Chile en relación con el Marco Global de Biodiversidad al año 2030, popularmente conocido como el “30×30” (es decir, que al año 2030 el 30 por ciento de los ecosistemas a nivel nacional esté bajo alguna categoría de protección), establecido en la COP15 de Biodiversidad de Canadá.

“Esta resolución implica atender ecosistemas costeros que están fuertemente amenazados, ya sea por la fragmentación de sus hábitat, la expansión inmobiliaria, el paso de vehículos motorizados, especies exóticas invasoras, por dar algunos ejemplos (…) Se trata además de ecosistemas litorales que están en ecotonos costero-marinos y donde la interacción de la fauna con los hábitats marinos nos obliga a prestar atención a estos ecosistemas, donde tenemos brechas relevantes de protección en el sistema nacional”, dice a País Circular la jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del MMA, Daniela Manuschevich.

Según agrega la representante del MMA, la declaratoria de estos cinco Santuarios de la Naturaleza aleja definitivamente la posibilidad de actividades industriales en cada una de estas zonas. Esta era una demanda particularmente sensible en la zona de la Playa Sur de Tunquén, donde desde hace varios años las comunidades organizadas dieron una lucha de largo aliento contra un proyecto inmobiliario que quería emplazarse ahí mismo, a la orilla del mar. En Cruz Grande, en tanto, se pretendía emplazar un proyecto portuario.

Las áreas protegidas desde la categoría más estricta, a la más permisiva, no contemplan usos intensivos incompatibles en su interior. De esta forma, proyectos inmobiliarios de gran envergadura, como loteos para parcelas de agrado, no resultan compatibles con los méritos técnicos ni con la integridad ecológica de los objetos de protección. Así, por ejemplo, en el caso de las Áreas de Conservación de Múltiples Usos, la ley señala que podrán desarrollarse distintas actividades de uso sustentable, siempre que no pongan en riesgo los servicios ecosistémicos que esta área provee”, especifica Daniela Manuschevich.

El Cerro de la Cruz de Zapallar cuenta con un alto nivel de endemismo y amenaza, que hacía necesaria su protección. FOTO: Cristian González Farfán.

“Habrá al menos dos efectos sobre los santuarios de la naturaleza (con la entrada en vigencia del SBAP). Uno es que serán reclasificados –en un plazo máximo de 5 años – en alguna de las nuevas categorías de la ley (reserva de región virgen, parque nacional, reserva nacional, monumento natural, o área de conservación de múltiples usos). Con ellos, ya serán parte formal del Sistema Nacional de Áreas Protegidas”.

Daniela Manuschevich, jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del MMA.

La historia en Tunquén y Zapallar

La comunidad organizada de Tunquén recibió de muy buena manera esta declaratoria que corresponde a una pelea que se remonta al año 2001-2002, cuando había interés de proteger el espacio aún con la CONAMA como única institución que regía el medio ambiente en el país. Con la asunción del Ministerio de Medio Ambiente, en 2014 el Humedal de Tunquén fue declarado Santuario de la Naturaleza.

“En ese momento el MMA dijo que la declaratoria tenía sentido siempre que se protegiera la totalidad del ecosistema: el humedal, las dunas, la zona costera. Estas palabras las tomó el Gobierno Regional que encargó un estudio de línea de base, donde se comprobó la rica biodiversidad que habitaba en el territorio”, comenta José Fliman, presidente de la Fundación Tunquén Sustentable, una de las organizaciones que lideró este proceso.

En 2021, llegó el día esperado para la comunidad, con una salvedad. Bajo la administración del Presidente Sebastián Piñera, el MMA declara la protección como Santuario de la playa de Tunquén y Quebrada Seca, pero la Playa Sur no. Aquí se iría a emplazar el proyecto de condominios que tuvo en vilo a la población de Tunquén.

“Nos parecía que era sospechoso, pero ya no hay vuelta que darle. Era despropósito construir en esta playa, por el riesgo de tsunami y porque prácticamente es la única playa prístina que queda en la región”, añade Fliman, quien recuerda que los ahora tres Santuarios de la Naturaleza declarados en el sector son de propiedad privada, pero “hemos contado con la buena disposición de los propietarios, hay una buena experiencia, no hay 4×4, no hay camiones de basura, la gente sabe que hay un Santuario, hay una conciencia colectiva”.

Según el propio MMA, “este SN representa un gran valor para la conservación del ecosistema dunar presente en la zona, considerado de alta fragilidad. Abarca 41,5 hectáreas y su valor ambiental y ecológico está dado por su geomorfología, la arqueología de la zona, además de especies de fauna endémica como la culebra de cola corta (Tachymenis chilensis), además de cercade 80 especies de aves. En cuanto a flora, resalta el palo negro (Adiantum chíllense), lirio costero (Altroemeria hookeri), colla (Trichocereus chilensis), chilenito (Eriosyce chilensis) y el chagual (Puya chilensis).

En tanto, el Cerro de la Cruz de Zapallar comprende una superficie aproximada de 17,02 hectáreas y representa un hito geográfico singular, por el valor de su flora y fauna dentro de un ecosistema frágil que forma parte de la ecorregión mediterránea de Chile, uno de los sitios prioritarios para conservación de la biodiversidad mundial debido a su alto nivel de endemismo y amenazas. Es un sitio de gran belleza escénica, con algunos senderos muy bien señalizados, con paneles de información sobre la flora y fauna existente en el lugar y con vista a la playa de Zapallar y al Océano Pacífico.

“El Cerro de la Cruz es una pequeña península que queda en la parte sur de la playa de Zapallar y está conectada a la red de senderos de la costa. Es un área silvestre, pero conectada a la urbe. Es un área semiurbana. Es un lugar muy apreciado por los turistas. Tiene un algo nivel de endemismo y es la muestra de un tipo de vegetación que está muy fragmentado en la zona central, porque el desarrollo inmobiliario en los balnearios lo ha fragmentado”, plantea Carmen Rosa Ringeling, directora ejecutiva de Corporación Bosques de Zapallar, una de las instituciones que participó en el proceso de solicitud de declaratoria de SN entregando antecedentes que fue recopilando.

En 2017, recuerda Ringeling, tres instituciones firmaron un convenio  para avanzar desde diferentes vertientes en la custodia del Cerro La Cruz. En este caso, la Municipalidad de Zapallar asumió el compromiso de financiar los trabajos en el cerro; la Corporación Bosques de Zapallar diseñó y ejecutó la intervención para mejorar los senderos, descompactar el suelo, plantar especies nativas y otras labores; y, finalmente, la Corporación para el Desarrollo de Zapallar fue la organización encargada de liderar el proceso de la protección a través de la declaratoria de SN, para lo cual contrataron a una consultora (Tepual) para armar el expediente.

“En ese proceso participamos activamente, les pasamos información que habíamos recabado durante mucho tiempo, pusimos señalética de flora y fauna, prácticas, usos y prohibiciones”, añade Carmen Rosa Ringeling, quien recibe la noticia de la declaratoria de SN “con mucha alegría porque fue un proceso más largo de lo pensado. Sentíamos que era una declaratoria más o menos fácil porque el propietario del Cerro de la Cruz es la Municipalidad y ya estaba de algún modo protegido por estar dentro de la Zona Típica de Zapallar. La comunidad estaba súper de acuerdo. Finalmente salió y es lo importante, y ahora hay que trabajar en el plan de manejo”.

De acuerdo a Ringeling, “nos parece que es una figura adecuada. Es un área pública. Es un reconocimiento oficial a algo que ya existía como un área de conservación. Tanto es así, que muchas personas creían que ya era Santuario. Hace bastante sentido”.

Los otros tres SN reconocidos con las Dunas de la Chépica-Gota de Leche, Cruz Grande y Cruz de Piedra. En el caso de Gota de Leche, ubicado en la comuna de El Tabo, abarca una superficie aproximada de 270,35 hectáreas de la duna de La Chépica. Este espacio alberga un ecosistema singular, ya que es uno de los pocos campos dunarios en el territorio nacional y en la Región de Valparaíso. Además, presenta especies biológicas en categoría de conservación y constituye un sector para el descanso de aves migratorias y como área de reproducción.

De las 233 especies que tiene Gota de Leche, 94 son endémicas, 81 nativas y 58 exóticas asilvestradas. Cuatro de las 17 especies en alguna categoría de conservación, se encuentra en algún rango de amenaza; por ejemplo, la Hierba del Tabo (Astragalus trifoliatus), clasificada en peligro crítico y solo presente en este sitio a nivel mundial. En tanto, se han registrado 88 especies de vertebrados terrestres (74 aves, cinco mamíferos, cinco reptiles y dos anfibios).

En tanto, Cruz Grande está emplazado en la comuna de La Higuera, 50 kilómetros al norte de La Serena, y su superficie se extiende por 486,8 hectáreas. Cuenta con 11 especies de flora endémica en categoría de conservación, entre ellas, el lucumillo (Myrcianthes coquimbensis), que se encuentra en peligro de extinción; el palo gordo (Carica chilensis) y la hierba perenne Alstroemeria magnifica var. Tofoensis, que se hallan en categoría vulnerable. Hay también 74 especies de vertebrados terrestres.

Cruz de Piedra, mientras, tiene 92.953 hectáreas y pertenece a la comuna de San José de Maipo. Se considera un corredor importante para especies de fauna que se desplazan entre Chile y Argentina como el puma (Puma concolor), el guanaco (Lama guanicoe) y el periquito cordillerano (Psicopsiagon aurifrons).

Solo faltaba la Playa Sur de Tunquén para proteger el ecosistema completo en la zona.

“En ese momento el MMA dijo que la declaratoria tenía sentido siempre que se protegiera la totalidad del ecosistema: el humedal, las dunas, la zona costera. Estas palabras las tomó el Gobierno Regional que encargó un estudio de línea de base, donde se comprobó la rica biodiversidad que habitaba en el territorio”.

José Fliman, presidente de la Fundación Tunquén Sustentable.

¿Qué pasará con los Santuarios?

Estas declaratorias de Santuarios de la Naturaleza experimentarán una modificación cuando se promulgue y publique la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Cuando entre en vigencia este servicio, la categoría de Santuario de la Naturaleza dejará de existir para dar paso a una reclasificación en el nuevo Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) que crea, a su vez, nuevos tipos de áreas protegidas.

Si bien los decretos de SN establecen como obligaciones tener un administrador y otorga un plazo para elaborar y presentar ante el MMA un plan de manejo que oriente las acciones de protección efectiva, con la promulgación de la ley que crea el SBAP “habrá al menos dos efectos sobre los santuarios de la naturaleza. Uno es que serán reclasificados –en un plazo máximo de 5 años – en alguna de las nuevas categorías de la ley (reserva de región virgen, parque nacional, reserva nacional, monumento natural, o área de conservación de múltiples usos). Con ellos, ya serán parte formal del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y, con ello, objeto de atención del Servicio y de los instrumentos que establece la ley, pudiendo postular al Fondo para la Biodiversidad de la Ley 21.600 y, asimismo, estarán dentro de la órbita de atención de Servicio”, dice Daniela Manuschevich, jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del MMA. En este caso de los SN, el SBAP le entregará un informe al MMA, que terminará a qué nueva categoría se adscribirá el Santuario.

Además, la funcionaria aclara que la custodia de estas nuevas áreas (que ya no serán Santuarios de la Naturaleza) ya no será del Consejo de Monumentos Nacionales como es hoy, sino del SBAP, con mayores atribuciones y capacidades.

Según José Fliman, el cambio que deberá ocurrir en un plazo de cinco años como tope desde la promulgación de la Ley SBAP lo tiene “tranquilo, porque sabemos que no puede bajar los requisitos ni la categoría de protección”.

Sin ir más lejos, el mismo MMA aclara que “la reclasificación u homologación (a las nuevas categorías) en ningún caso reducirá el grado de protección, jerarquía o superficie de un área protegida, es decir, no puede ser regresivo. Mientras la reclasificación no suceda en los cinco años, los actuales santuarios de la naturaleza seguirán estando bajo protección oficial. Es decir, no habrá un detrimento legal para tales espacios”.

En el caso de que el SN sea de propiedad privada -como ocurre con el caso de Playa Sur de Tunquén- “se requerirá el consentimiento del propietario para definir su reclasificación. Si concluido el plazo establecido en el inciso segundo no se obtuviere el consentimiento del propietario, el ministerio del Medio Ambiente determinará a qué categoría se adscribirá, la cual deberá basarse en el decreto supremo de creación del respectivo santuario de la naturaleza, en su objeto de protección y en el plan de manejo”, cierra Daniela Manuschevich.

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  • 14/09/2023