Corte rechaza recurso contra Alto Maipo por espionaje: estimó que obtención de datos de ambientalistas es información “accesible al público”
By Comunicaciones

Corte rechaza recurso contra Alto Maipo por espionaje: estimó que obtención de datos de ambientalistas es información “accesible al público”

La hidroeléctrica reconoció ordenar informes de ciberinteligencia que aseguran haber infiltrado grupos de WhatsApp de opositores, además de entregar datos personales de ellos; hechos revelados por Interferencia. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección de los afectados al estimar que estos datos podían extraerse de fuentes abiertas. Fuente: Interferencia, 12 de julio de 2023.

El 8 de noviembre de 2021, Interferencia reveló que el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo (propiedad de la empresa AES Andes, filial chilena de la trasnacional energética AES Corporation) contrató servicios de ciberinteligencia. En informes pagados y entregados a la empresa se asegura haber infiltrado grupos de WhatsApp de ambientalistas, además de aportar direcciones particulares, RUT, números de teléfono y antecedentes personales de opositores al proyecto. (Lea acá el reportaje).

Dicha acción motivó la presentación de un recurso de protección en contra de Alto Maipo, interpuesto por los dirigentes ambientales afectados, Anthony Prior y María Jesús Martínez, voceros de la red No Alto Maipo y de la Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares; Francisca Fernández, miembro del Movimiento por el Agua y los Territorios; y Maite Birke, quien fuera concejala de San José de Maipo al momento de elaborarse los informes en 2020.

En cuanto a la infiltración de chats de grupos ambientalistas, este no es discutido en el fallo salvo en la presentación de los argumentos de los ambientalistas. Cabe destacar que esta acción intrusiva es reconocida en los mismos informes enviados a la compañía en 2020.

El recurso fue rechazado el pasado 30 de junio por la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. A juicio del tribunal, la información levantada para la empresa –esto es RUT, domicilio, número de celular e información biográfica– era posible de obtener mediante fuentes abiertas de información, siendo “fuentes accesibles al público”. Además, explica el fallo que no existen medidas que adoptar por la Corte, puesto que los hechos ocurrieron en 2020 y el servicio de ciberinteligencia contratado a la empresa Felipe Jaque Zamora Asesoría y Consultoría en Computación, Informática y Tecnología E.I.R.L. ya no se encuentra vigente, siendo finalizado –según informa la empresa de energía– en agosto de aquel año. (Léalo acá).

En cuanto a la infiltración de chats de grupos ambientalistas, este no es discutido en el fallo salvo en la presentación de los argumentos de los ambientalistas. Cabe destacar que esta acción intrusiva es reconocida en los mismos informes enviados a la compañía en 2020.

 

Extracto de informe de ciberinteligencia de Alto Maipo

Extracto de informe de ciberinteligencia de Alto Maipo

Extracto de informe de ciberinteligencia de Alto Maipo

Para Birke, Prior, Martínez y Fernández, el fallo no se hace cargo dentro de su argumentación de que “el sólo hecho de contratar servicios de ciberespionaje es un acto de amedrentamiento”.

“Este es el primer caso en Chile en que una empresa trasnacional reconoce haber realizado ciberespionaje a dirigentes ambientales”, señalan en un comunicado los dirigentes ambientales afectados. A su juicio, el fallo de la Corte de Apelaciones implica que estos hechos queden “en total impunidad y marca un peligroso precedente, puesto que se vulnera la Declaración de los Defensores de Derechos Humanos y Escazú”. (Lea acá el comunicado).

Para Birke, Prior, Martínez y Fernández, el fallo no se hace cargo dentro de su argumentación de que “el sólo hecho de contratar servicios de ciberespionaje es un acto de amedrentamiento, ilegítimo en un conflicto ambiental, y que vulnera las garantías constitucionales de seguridad”.

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  • 13/07/2023