
Empieza a regir nuevo derecho de agua para preservar salud de los ríos: Conservación se enfrentará a grandes regantes o minería
Ya se pueden solicitar ante la DGA nuevos derechos de agua “In Situ”, para proyectos de conservación, turismo, deporte y recreación, que requieran que el agua siga corriendo por el río. Ya hay interesados en Antofagasta, Maule, Los Lagos y Los Ríos. Organizaciones de usuarios deberán distribuir los distintos derechos. Fuente: El Desconcierto, 19 de julio de 2025.
Desde julio de este año comenzó a regir un nuevo derecho de agua en Chile: el derecho “in situ”, que no es para extraer el agua y usarla sino para que esta siga corriendo por el río. La herramienta se puede usar para conservación ambiental o para proyectos de turismo sostenible y deporte en la naturaleza que necesitan que haya agua en la cuenca.
El nuevo instrumento fue aprobado en la reforma al Código de Aguas en 2022 y ahora se aprobó el reglamento que habilita su aplicación. Según información de la Dirección General de Aguas (DGA), ya hay personas o agrupaciones interesadas en administrar estos derechos, sobre todo en las regiones de Antofagasta, Maule, Los Ríos y Los Lagos.
Así, agrupaciones turísticas, vecinales, municipios y otros actores que quieran proteger un curso de agua o mantener el agua en la cuenca de un río pueden solicitar ante la DGA que se constituyan estos derechos in situ.
Además, personas que tengan derechos de agua de otros tipos y quieran usarlos para este fin, podrán solicitar el cambio de modalidad. Hasta ahora, quienes buscaban conservar el agua en una cuenca debían pagar una patente por no uso del derecho de agua. Al cambiar la modalidad, quedarán eximidos de pagar esta patente por dejar el agua correr.
Nuevo derecho de agua
Para el abogado de la ONG FIMA, Antonio Pulgar, la reforma al Código de Aguas en 2022 “cambia la lógica de que todos los derechos de agua se constituyen para que se consuma el agua. Estos nuevos derechos in situ se van a poder constituir y están asociados al derecho humano al agua, que establece que los derechos de agua tienen una finalidad pública que incluye la sostenibilidad de los acuíferos”.
Para Pulgar, la constitución de estos derechos va a ser el gran desafío de la reforma del Código de Aguas, ya que serán las organizaciones de usuarios las que deberán ver cómo se respetan esos derechos in situ a la vez que se coordina con los grandes usuarios de agua como grandes regantes, minería y otros usos intensivos en las cuencas.
El abogado explica que este instrumento también abre la puerta a que el Estado tome un rol activo en las decisiones sobre gestión hídrica, pudiendo constituir derechos in situ en distintas cuencas.
Los derechos in situ también se van a poder constituir dentro de áreas protegidas y terrenos públicos o privados de zonas que alimenten vegas, bofedales o humedales declarados como ecosistemas prioritarios, degradados o amenazados por el Ministerio de Medio Ambiente.
Así, además de habilitar la permanencia del agua en el río para fines turísticos y recreativos que estén en armonía con lo que se quiere conservar en las áreas protegidas, estos derechos podrían ayudar a que las áreas protegidas como parques, reservas o santuarios tengan el flujo de agua necesario para asegurar su equilibrio ecológico en el tiempo.