Primer Tribunal Ambiental rechaza recurso contra la SMA por Cardones–Polpaico
La empresa InterChile había presentado el recurso en contra de contra la decisión de la Superintendencia de Medio Ambiente de rechazar el Programa de Cumplimiento de la iniciativa. Fuente: Pulso-La Tercera. 7 junio de 2018.
El Primer Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta, resolvió rechazar el recurso de reclamación presentado por la Interchile en contra de la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente, que rechazó el Programa de Cumplimiento del proyecto de transmisión eléctrica Cardones – Polpaico.
La SMA tomó dicha resolución en respuesta al programa sancionatorio que se sigue en contra de la empresa, específicamente en relación a una infracción ocurrida en la comuna de los Vilos con ocasión de la construcción de una instalación de faena, no descrita en la Evaluación Ambiental del proyecto, además de no cumplir con el plan de rescate, relocalización y monitoreo de trasplante de suculentas, en el marco del Proyecto Plan de Expansión Chile LT 2X500 KV Cardones – Polpaico, el cual consiste en una línea de transmisión de alto voltaje que atraviesa las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana.
Los ministros del Primer Tribunal Ambiental, luego de efectuar un trabajo apoyado por el equipo interdisciplinario de la instancia, resolvieron, en un fallo dictado el 6 de junio, rechazar en su totalidad la reclamación judicial interpuesta por la empresa Interchile en torno a su Programa de Cumplimiento, por carecer de Idoneidad, eficacia y verificabilidad, entre otros argumentos.
En esta reclamación también actúo como tercero coadyuvante de la reclamada, la comunidad a través de la Cooperativa de Comerciantes Ambulantes El Esfuerzo de Los Vilos, confirmando el rechazo al Programa de Cumplimiento presentado por la empresa.
El Programa de Cumplimiento es un instrumento que contempla la normativa ambiental vigente y que opera una vez que la Superintendencia inicia un procedimiento sancionatorio formulando cargos en contra del titular de un proyecto.
Para hacer frente a esto, las compañías pueden presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) que implica el compromiso de corregir las infracciones que hasta ese momento la SMA pudo detectar, con el objetivo de evitar la continuidad del procedimiento y eventualmente las sanciones.